Código de conducta

grupo gtt

 

Este Código de Conducta tiene por objeto establecer los principios, objetivos, valores y normas que deben guiar el comportamiento de cualquier persona administradora, directiva, representante, empleada, proveedora, cliente, o tercera del Grupo GTT, tanto en sus relaciones internas como en sus relaciones con terceras personas, consolidando y propiciando una conducta empresarial honesta y unas pautas de actuación responsables que sean compartidas, aceptadas y respetadas por todas las personas a las que resulta de aplicación, y traduciendo los valores y normas de la Sociedad a comportamientos reglados, evaluables y previsibles.

El presente Código de Conducta se concibe como un conjunto de normas y protocolos que deben servir para hacer explícitos y visibles los valores y la cultura corporativa del Grupo GTT, así como para unificar y reforzar las pautas de conducta de ésta.

La existencia de una cultura compartida y asentada sobre valores comunes para toda la organización potencia las virtudes y competencias del Grupo GTT y contribuye a crear valor para los socios o socias, acreedores, clientes, así como para cualquier otro grupo de interés. Adicionalmente, la involucración activa y la supervisión, por parte del Órgano de Gobierno del Grupo GTT y de su Alta Dirección, es una parte esencial del sistema de gestión de cumplimiento eficaz que la Compañía persigue, y que reafirman los valores de la organización.

El comportamiento inadecuado de cualquier profesional, o de cualquier colaborador, del Grupo GTT, podrían potencialmente dañar la imagen y reputación del grupo en un lapso temporal muy corto, por ello se debe prevenir y evitar de forma activa esta posibilidad. Para ello, el Órgano de Gobierno y la Alta Dirección del Grupo GTT, así como todas y cada una de las personas (Profesionales y Colaboradoras), deben asumir la responsabilidad y el compromiso de establecer una sólida cultura de cumplimiento en su seno.

En consecuencia, se requiere que Profesionales y Personas Colaboradoras lleven a cabo sus actividades con el firme compromiso de cumplir con la legislación vigente (ya sea penal, tributaria o de cualquier otra índole), con el presente Código de Conducta, con las políticas internas del Grupo GTT y, en definitiva, con todos los procedimientos y controles establecidos por GTT y el grupo que lo compone. Bajo ningún concepto, la convicción de actuar en provecho de GTT podrá justificar la actuación en contra de la legalidad.

Este Código de Conducta no es en modo alguno un documento de cumplimento voluntario, sino que es plenamente vinculante y exigible por y para la Sociedad o Grupo GTT. Por ello, para la dirección, vigilancia y coordinación de su cumplimiento, se ha dotado de una estructura integrada, además de la Dirección de Gestión de Personas, por el Órgano de Compliance.

El Grupo GTT desea poner en conocimiento de todas las personas que lo integran, Profesionales y Colaboradoras) un mensaje rotundo de oposición a la comisión de cualquier acto ilícito o que, de cualquier forma, contravenga lo previsto en este Código y su normativa de desarrollo. Asimismo, el Grupo GTT está dispuesto a combatir estos actos y a prevenir un eventual deterioro de la imagen y del valor reputacional de las sociedades que lo componen.

Igualmente, GTT y el grupo que lo compone, se comprometen a respetar los Derechos Humanos reconocidos en el marco de los Principios Rectores de Empresa y Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas,

en la Carta Internacional de Derechos Humanos y los principios relativos a los derechos establecidos en la Declaración de la Organización Internacional del Trabajo.

En este sentido, GTT está adherida al Pacto Mundial de las Naciones Unidas, por lo que todas las personas que integran el Grupo GTT (profesionales y colaboradoras) deberán secundar este compromiso y desempeñar sus actividades con total respeto y garantía de los derechos humanos y libertades públicas.

El Grupo GTT busca la calidad y la excelencia en su desempeño, considerando que la innovación debe ponerse al servicio de la Administración Pública, haciendo un mundo más sencillo a las personas contribuyentes y al personal adscrito a la Administración Pública; respeta la sostenibilidad y el medio ambiente; la igualdad entre hombres y mujeres; y rechaza frontalmente cualquier tipo de acoso, así como de cualquier discriminación, ya sea por género, por origen étnico, por discapacidad o por orientación sexual.

DECÁLOGO CÓDIGO DE CONDUCTA

1. Cumplir la legalidad y los Derechos Humanos Fundamentales, así como los valores éticos del Grupo GTT.

2. Actuar de forma transparente con los grupos de interés del Grupo GTT.

3. Respetar las instituciones y personas con quienes se tenga relación en el desarrollo de la actividad.

4. Respetar y utilizar adecuadamente los datos e información a los que se tiene acceso y respetar, en todo caso, la confidencialidad de los mismos.

5. Utilizar adecuadamente, en su caso, los recursos corporativos del grupo GTT.

6. Respetar la propiedad intelectual e industrial y la libre competencia.

7. No colaborar ni apoyar actos corruptos, sobornos, blanqueo de capitales, ni financiar al terrorismo.

8. Evitar cualquier tipo de discriminación y de acoso, respetando en todo caso la igualdad de género.

9. Informar sobre la asunción de cualquier cargo político o de cualquier posible conflicto de interés que pueda acaecer.

10. Informar o denunciar de cualquier conducta que pudiese suponer un delito, irregularidad o infracción legal o tributaria.

 

El primer código Ético de gtt fue elaborado mediante un amplio proceso participativo de todo su personal, aprobado por la Direccion General en octubre de 2001 y publicado en nuestra web en fecha 31 de enero de 2002. La versión actual, a la que hemos llamado ‘Código de Conducta’ es fruto de otro amplio proceso participativo para su revisión y actualización llevado a cabo por los directivos, técnicos y todo el personal del grupo de empresas, realizado durante 2021 y aprobado por la Dirección General en septiembre del mismo año.